APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 1987




Promulgación: 07/10/1987
Publicación: 05/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   El Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado podrá disponer, por resolución fundada, las modificaciones necesarias para racionalizar las estructuras de remuneraciones de los cargos y contratos de función pública del Organismo, de acuerdo a las siguientes normas:

- Las modificaciones antedichas requerirán previo informe y aprobación de    
  la Oficina Nacional del Servicio Civil.
- A efectos de su financiamiento, se utilizarán las economías que se 
  produzcan en el ejercicio inmediato anterior en los renglones del Rubro 
  0 "Retribuciones de Servicios Personales", de forma que no se altere el 
  monto total de mismo en términos reales", con un tope máximo del 5% del  
  total ejecutado en el Ejercicio 1986.
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