Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 46
Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a
los Encargados de Agencias del Interior a partir de su designación por el
Directorio de acuerdo a lo previsto por la R.D. 29-4/93 Inciso 15.