MODIFICACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 94/002 RELATIVO A LA DESIGNACION DE RESPONSABLES DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TERCEROS




Promulgación: 18/02/2015
Publicación: 25/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los Decretos N° 94/002 de 19 de marzo de 2002 y N° 203/014 de 22 de julio de 2014.

   RESULTANDO: I) que el decreto mencionado en primer orden designó como responsables por obligaciones tributarias de terceros a las empresas que, mediante tarjetas de crédito, de débito o de compra, órdenes de compra u otras modalidades similares, administren crédito interviniendo en la venta de bienes y prestaciones de servicios, realizadas por terceros.

   II) que la norma mencionada en segundo lugar reglamentó la reducción del Impuesto al Valor Agregado prevista por la Ley N° 19.210 de 29 de abril de 2014.

   CONSIDERANDO: necesario designar como responsables a los sujetos cuya actividad principal sea la de efectuar cobros y pagos por cuenta de terceros y se encuentren regulados y supervisados por el Banco Central del Uruguay, cuando dichas operaciones se realicen con determinados medios de pagos.

   ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 94/002 de 19/03/2002 
artículo 1 incisos 1º) y 2º).

Artículo 2

   El presente decreto entrará en vigencia para operaciones efectuadas a partir del 1° de junio de 2015. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 118/015 de 04/05/2015 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 61/015 de 18/02/2015 artículo 2.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA
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