BIENES DEL ESTADO. BIENES INMUEBLES. NOMINA ACTUALIZADA DE BIENES DE SU PROPIEDAD NO AFECTADOS




Promulgación: 07/08/1975
Publicación: 19/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 329

Artículo 5

Los organismos mencionados en el artículo 1º están obligados a comunicar
anualmente a la Dirección Nacional de Vivienda las modificaciones que se
hayan producido en las nóminas presentadas, suministrando, en la forma
prevista en el artículo 3º, los datos correspondientes a los nuevos
predios de su propiedad. A los efectos de lo dispuesto en el presente
artículo, el plazo de un año se contará a partir de la fecha de
presentación de las respectivas nóminas anteriores.
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