Publicada anteriormente: 22/09/1967
Dispónese que el Ministerio de Industria y Comercio exigirá declaración jurada de stocks a todas las firmas o empresas que habitualmente destinan parte o toda su producción a la exportación.
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 645/967 de 27/09/1967 artículo 3.