REGLAMENTACION DEL ARTICULO 34 DE LA LEY Nº 13.555. OFICINAS PUBLICAS. EXPEDICION DE TESTIMONIOS DE DOCUMENTOS O ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS




Promulgación: 21/12/1966
Publicación: 24/01/1967

Resumen:

Reglámentase el artículo 34 de la Ley Nº 13.355 referente a la expedición 
de testimonios de documentos o actuación administrativa, por parte de
las Oficinas dependientes del Poder Ejecutivo.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.355 de 17/08/1965 artículo 34.


		
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