PESCA NACIONAL. PERMISOS DE PESCA




Promulgación: 18/02/2005
Publicación: 24/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 406

Artículo 13

 Las violaciones a las disposiciones de este decreto por parte de los
titulares o armadores de buques, serán sancionadas conforme el art. 285,
de la ley N° 16.736.
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