CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 9 FARMACIAS HOMEOPATIAS HERBORISTERIAS




Promulgación: 19/11/1985
Publicación: 02/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 13

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y al 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías bienes o servicios de la empresa que integra el grupo salarial.
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