APROBACION DE ESCALAS DE PASIVIDADES Y SUELDOS MINIMOS




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 05/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 577
                         AÑO DE LA ORIENTALIDAD

     Visto: la resolución acordada con fecha 17 de junio de 1975, por el
Directorio de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, sobre nuevas
escalas de pasividad y sueldos mínimos de sus afiliados.

     Considerando: que la misma no ha merecido observación de parte de la
Asesoría Letrada y Técnica en Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el
artículo 33 de la ley 10.062 de 15 de octubre de 1941, con la redacción
dada por el artículo 1º de la ley 12.202 de 6 de julio de 1955,
corresponde al Poder Ejecutivo proceder a la aprobación de la resolución
mencionada ut-supra.

     Atento: a lo expuesto precedentemente,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Apruébanse las nuevas escalas de pasividad y sueldos mínimos acordadas
por resolución de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones de fecha
17 de junio de 1975 que se transcribe: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

   BORDABERRY - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING
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