CAMPAÑA DE CONTROL DE LA MALEZA "CAPIM ANNONI"




Promulgación: 11/02/2008
Publicación: 22/02/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 254

III) DE LA CAMPAÑA DE CONTROL

Artículo 3

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección
General de Servicios Agrícolas, determinará las zonas definidas de
control, las metodologías a utilizar y establecerá el plazo máximo para
hacer efectivo el tratamiento de los focos existentes en dichas zonas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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