FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. NOVIEMBRE 1987




Promulgación: 17/11/1987
Publicación: 26/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 893
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a partir del 1º de noviembre de
1987 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos,
rurales y de la esquila.
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