VISTO: el Servicio de Seguridad Presidencial;
RESULTANDO: que dicho servicio está previsto en el Decreto 379/997 de 10
de octubre 1997, a través del cuál se aprobó la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 003 "Casa Militar" del
Inciso 02 "Presidencia de la República"
CONSIDERANDO: que la diversidad y trascendencia de las tareas que realiza
el servicio de referencia ameritan el dictado de un reglamento tendiente
a establecer su organización interna con la finalidad de dar mejor
cumplimiento a los cometidos asignados;
ATENTO: a lo expuesto:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento del Servicio de Seguridad Presidencial. (*)