CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 36 INDUSTRIA GRAFICA DE OBRA




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 31/12/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes y/o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
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