NORMAS ESPECIFICAS DE CALIDAD
SORGOS GRANIFEROS - DE LA TOLERANCIA DE RECIBO
Artículo 35
La tolerancia de recibo para la compra venta de sorgos graníferos será la
siguiente:
- Cuerpos extraños: 4% (cuatro por ciento).
- Granos quebrados o partidos: 10% (diez por ciento).
- Granos dañados: 2% (dos por ciento).
- Sorgos no graníferos y otros granos: 7% (siete por ciento).
- Granos de carbón: 0.3% (tres décimas por ciento).
- Granos picados: 2% (dos por ciento).
- Humedad: 13% (trece por ciento).
- Chamico: 2 semillas cada 100 gramos.