NORMAS ESPECIFICAS DE CALIDAD
SOJA - DE LA TOLERANCIA DE RECIBO
Artículo 41
La tolerancia de recibo para la compra venta de soja será la siguiente:
- Cuerpos extraños: 3% (tres por ciento).
- Granos partidos o quebrados: 20% (veinte por ciento).
- Granos dañados: 4% (cuatro por ciento).
- Granos ardidos: 1% (uno por ciento).
- Granos negros: 5% (cinco por ciento).
- Chamico: 1 semilla por 100 gramos.
- Humedad: 13% (trece por ciento).