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Decreto
N° 711/985
CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO RADIO BUSQUEDA DE PERSONAS
Documento Actualizado
Toda la Norma
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Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 03/01/1986
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
Artículo 4
Dispónese el pago de una prima por antigüedad de N$ 200.00 (nuevos pesos doscientos) por cada año.
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