CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO RADIODIFUSION




Promulgación: 12/12/1985
Publicación: 24/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Establécense las siguientes categorías laborales:

Sección Programación.
  Programador: Se encarga de la organización de programas vivos o de grabaciones, inclusive musicales, la selección del material respectivo, y en general de la organización interna de la programación de la emisora.
  Programador Musical: Se especializa en la organización de programas musicales y la selección de su material.
  Locutor: Se encarga de la presentación de la programación de la emisora y el anuncio de discos, debiendo propalar textos publicitarios y comunicados, con excepción de aquellos que corresponden al 
informativista.
  Discotecario: Se encarga de la organización y conservación de las discotecas de la emisora.
  Sección Informativos

  Informativista: Se encarga de la búsqueda, recepción, selección,
edición, redacción y locución de noticias, desde los estudios o lugar del hecho.

Administración

   Mensajero: Se encarga del traslado de objetos, documentación y en general de los mensajes de la empresa.

Sección Técnica

   Técnico: Se encarga de la instalación, conservación y reparación del material y equipos de los estudios y la planta de la emisora, y en
general del mantenimiento de las condiciones operativas de la misma.

   Ayudante técnico: Se encarga de funciones técnicas auxiliares.

Sección Servicios Generales.

Recepcionista: Se encarga de atender y obtener las comunicaciones telefónicas, como así mismo recibir al público y la correspondencia.

   Portero: Se encarga de la vigilancia del ingreso y egreso de personas
y objetos a los locales de la emisora.          
   Limpiador: Se encarga de la limpieza de los locales de la empresa;
   Sereno: Se encarga de la vigilancia de los locales de la empresa en
las horas de la noche.
   Chofer: Se encarga de la conducción, custodia y cuidado de los vehículos automotores de la empresa.

   Aprendizaje: El aprendizaje en las categorías de informativista  y operador deberá cumplirse en el término máximo de 3 (tres) meses y se realizará en turnos simultáneos con quienes ya se desempeñan en la categoría; Vencido dicho término el aprendizaje pasará a desempeñarse en la categoría respectiva en calidad de relación laboral a prueba por el término máximo de 1 (un) mes. Tanto durante la relación de aprendizaje como durante la posterior en prueba se admitirá que la empresa resuelva unilateralmente dicha relación. Cumplidos los señalados dos períodos y de continuar la relación laboral, ésta se considerará confirmada. Las empresas no podrán tener a sus servicios más de dos (2) aprendices por
año en cada una de las categorías expresadas.
Referencias al artículo
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