CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 3 SUBGRUPO. BARRACAS Y LAVADEROS DE LANAS




Promulgación: 24/11/1986
Publicación: 13/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1986 ningún otro aumento de 
salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, 
bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
Ayuda