CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 27 PRODUCTOS QUIMICOS. SUBGRUPO A




Promulgación: 12/12/1985
Publicación: 23/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Fíjanse para el personal obrero y administrativo que perciba remuneraciones superiores al laudo un incremento salarial equivalente al aumento de costo de vida (18,18%), más un 3,82% de recuperación lo que equivale a un aumento general del 22% aplicable a todos los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985.
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