Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Fíjanse con carácter nacional a partir del 1° de octubre de 1985 y
hasta el 31 de enero de 1986 un aumento general del 21% (veintiun por ciento) sobre los sueldos y jornales vigentes al 30 de setiembre de 1985, sin perjuicio de los mínimos por categoría que a continuación de
detallan:
Grupo A (Juguetes de Madera):
Categoría Remuneración
Mensual
N$
--
Oficial maquinista especializado 17.956,25
Oficial maquinista común 15.423,90
Oficial tornero 15.065,75
Medio oficial tornero 11.784,60
Medio oficial maquinista 13.251,50
Oficial de banco 14.493,00
Medio oficial de banco 11.784.60
Sección Herrería, Armado y Costurero
N$
--
Oficial primero 15.065,80
Oficial común 13.598,00
Medio oficial 11.784,60
Sección Pintura, Esmaltado, Soplete y Fondo
N$
--
Oficial primero 15.065,80
Oficial común 13.585,50
Medio oficial 11.784,60
Grupo B (Juguetes de Hierro)
Categoría Remuneración
Mensual
N$
--
Oficial tornero 18.521,50
Medio oficial tornero 14.660,90
Oficial hojalatero 17.956,25
(Chapista)
Medio oficial hojalatero 13.143,05
Oficial soldador 16.123,50
Medio oficial soldador 13.888,00
Oficial pintor 17.956,25
Medio oficial pintor 11.784,60
Balancinero 18.332,75
Balancinero ayudante 11.029,25
Remachadores y Armadores 17.956,25
Peón 11.125,00
Fundidor en moldes 14.829,25
Oficial costurero 12.188,12
Oficial herrero 17.956,25
Medio oficial herrero 13.888,00
Armadores de ruedas con rayos 13.859,00
Oficial de la Sección Coches Bebés 17.605,12
Medio Oficial de la Sección Coches Bebés 11.784,60
Grupo C (Juguetes de paño, yeso, pasta, plástico, etc.)
Categoría Remuneración
Mensual
N$
--
Modelista 23.228,40
Cortador 17.956,25
Balancinero 17.956,25
Oficial costurero a máquina 13.497,50
Medio oficial costurero a máquina 11.784,60
Oficial costurero a mano 12.253,12
Medio oficial costurero a mano 11.784,60
Rellenadora 11.308,00
Moldeador 13.939,50
Colocador/a de ojos móviles 12.714,75
Colocador/a de pelo 12.131,65
Ayudante 11.125,00
Armado en general 11.125,00
Encargado de máquina de producción 15.932,50
Colocador de moldes para todas las máquinas de
producción 15.365,00
Secciónes Pintura, Esmaltado, Soplete y Fondo
N$
--
Oficial 1°/a 16.751,70
Oficial común 15.516,25
Medio oficial 13.327,75
Aprendices Generales para los grupos A, B, y C
Categoría Remuneración
Mensual
N$
--
Aprendiz inicial durante los 6 primeros meses de
trabajo 8.500,00
Aprendiz al cumplir los 6 primeros meses de
trabajo 9.105,00
Aprendiz al cumplir el año de trabajo 9.753,00
Aprendiz al cumplir el año y medio de trabajo 10.447,35
Aprendiz al cumplir los 2 años de trabajo 11.190,15
Aprendiz adelantado 11.986,00
Al cumplir los dos años y medio de trabajo, el aprendiz pasa a ser
aprendiz adelantado. Los aprendices adelantados con seis meses de permanencia en tareas superiores a las de tales, pasarán a las categorías que efectivamente desempeñen correspondiéndoles percibir, la remuneración de la misma;
Personal Administrativo para los Grupos A, B, y C;
Categoría Remuneración
Mensual
N$
--
Auxiliar práctico 17.956,25
Auxiliar de escritorio 13.065,00
Auxiliar 2° 12.283,75
Cobrador 13.539,75
Mandadero 10.000,00
Cadete 11.125,00
Tenedor de libros 17.956,25
Sereno 11.008,75
Sereno limpiador 16.796,75
Categoría Jornal Diario
N$
--
Tenedor de Libros 1.047,90
Chofer 717,90