REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.591 SOBRE CREACION DEL COLEGIO MEDICO DEL URUGUAY




Promulgación: 25/02/2010
Publicación: 12/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 465
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.591 de 18/09/2009.

CAPITULO VII - DEL TRIBUNAL DE ETICA MEDICA

Artículo 54

 La sanción de suspensión en el Registro deberá ser adoptada por una
mayoría especial, de al menos cuatro votos conformes de los miembros del
Tribunal.
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