El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
Las remuneraciones máximas establecidas por el Poder Ejecutivo para los contratos temporales de derecho público a valores de enero de 2021 se ajustarán en un 7,0696% (siete con seiscientos noventa y seis diezmilésimos por ciento).