Visto: el decreto 178/985 de fecha 10 de mayo de 1985, por el que se instituyeron los Consejos de Salarios para los diversos grupos de actividad.
Resultando: que en las actuaciones cumplidas en el Consejo de Salarios del Grupo N° 46 "Servicios Generales", Subgrupo "Investigación de Mercado", no se ha logrado acuerdo.
Considerando: que en mérito a lo expresado precedentemente corresponde fijar administrativamente los aumentos salariales para los trabajadores del Subgrupo.
Atento: a lo dispuesto en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978, de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjanse los siguientes salarios mínimos y categorías con carácter nacional y demás condiciones laborales para los trabajadores comprendidos en el Grupo N° 46 "Servicios Generales", Subgrupo "Investigación de Mercado", con vigencia desde el 1° de octubre de 1986 y hasta el 31 de enero de 1987.
Nivel 1
Limpiador y Cadete ................................ N$ 18.150 mensuales
Nivel 2
Reclutador, Encuestador, Encuestador Auditor, Auxiliar 3 de Impresiones, Telefonista, Recepcionista, Ayudante 2 de Campo y
Digitador ...................................... N$ 25.228,50 mensuales
Nivel 3
Vendedor, Operador Digitador, Auxiliar Contable, Supervisor, Auxiliar 2 Impresiones, Ayudante de Campo 1 y Secretaria .. N$ 29.705,50 mensuales
Nivel 4
Auxiliar 1 Impresiones, Ayudante Analista, Jefe de Campo, Encargado de Ventas, Operador de Equipos y
Coordinador de Auditoría ...................... N$ 31.218,00 mensuales
SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI