CREACION DEL REGISTRO DE PRACTICO LABORATORISTA ODONTOLOGICO. SUSPENSION DE LA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 33/008 SOBRE REGLAMENTACION PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION TECNICO LABORATORISTA ODONTOLOGICO




Promulgación: 16/02/2009
Publicación: 26/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 355

Artículo 3

 La Comisión tendrá carácter honorario y quedará integrada por el Doctor
Pablo Bianco quien la presidirá, el Dr. Jorge García en su carácter de
Director de la Escuela de Tecnología Odontológica de la Facultad de
Odontología de la Universidad de la República, y la Higienista Dental Alma
Chiodi, por la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud Pública.
Un representante de los Prácticos Laboratoristas Odontológicos que posea
los requisitos exigidos por el presente, oficiará de veedor. Las
decisiones de la Comisión serán por mayoría simple, en caso de empate el
voto del Presidente desempatará.
Pronunciada la Comisión en el caso concreto, se resolverá por el
Ministerio de Salud Pública la Inscripción en el Registro que se crea.
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