CREACION DEL REGISTRO DE PRACTICO LABORATORISTA ODONTOLOGICO. SUSPENSION DE LA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 33/008 SOBRE REGLAMENTACION PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION TECNICO LABORATORISTA ODONTOLOGICO
Establécese un plazo de 90 (noventa) días a partir de la publicación del
presente Decreto en el Diario Oficial para la presentación de los
interesados ante el Ministerio de Salud Pública, en papel simple.