FIJACION DEL PRECIO DE FARELLO EXPEDIDO POR ANCAP




Promulgación: 04/12/1975
Publicación: 15/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1543
                         AÑO DE LA ORIENTALIDAD

     Visto: la solicitud formulada por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland, de fecha 12 de setiembre de 1975, para
que se apruebe el precio de venta del farello.

     Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar el
nuevo precio que se encuentran detallados en el mencionado oficio y no
merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

     Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Industria y Energía y lo dispuesto por el Inciso f) del artículo 3º de la
ley 8.764 de 15 de octubre de 1931,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Apruébanse los siguientes precios fijados por la Administración Nacional
de Combustibles, Alcohol y Portland, para el farello que elabora: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - VALENTIN ARISMENDI
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