REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 545 Y 710 DE LA LEY 18.719, RELATIVA A LAS COMISIONES HONORARIAS DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DEL PROYECTO DEL PLAN
NACIONAL DE INVERSIONES
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 545 y 710.
Artículo 12
(Tercerizaciones) En todas las instancias de la contratación, la Comisión
deberá dar cumplimiento a las previsiones contenidas en la Ley N° 18.098
de 12 de enero de 2007, en la Ley N° 18.099 de 24 de enero de 2007 y en la
Ley N° 18.251 de 6 de enero de 2008, modificativas y concordantes.