REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 545 Y 710 DE LA LEY 18.719, RELATIVA A LAS COMISIONES HONORARIAS DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DEL PROYECTO DEL PLAN
NACIONAL DE INVERSIONES
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 545 y 710.
Artículo 13
Serán de aplicación a los miembros de la Comisión Honoraria, las
prohibiciones e incompatibilidades previstas en el Numeral 1° del Artículo
487 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada
por el Artículo 524 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996.