REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 545 Y 710 DE LA LEY 18.719, RELATIVA A LAS COMISIONES HONORARIAS DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DEL PROYECTO DEL PLAN
NACIONAL DE INVERSIONES
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 545 y 710.
Artículo 3
Los miembros de las Comisiones Honorarias permanecerán en el desempeño de
sus cargos hasta completar los Proyectos de Inversión encomendados a
aquellas, pudiendo ser relevados por razones fundadas.