OBLIGACION DE TODO BUQUE O EMBARCACION DE BANDERA EXTRANJERA A EFECTUAR UNA SOLICITUD DE INGRESO A LOS PUERTOS DE LA REPUBLICA ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUATICOS (DINARA)




Promulgación: 03/04/2017
Publicación: 07/04/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   En el caso de buques cargueros que reciban trasbordos en altamar y soliciten ingreso a puerto, la tasa deberá ser abonada por cada buque pesquero donante, estando exonerado el carguero del pago de la suya.
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