ASIGNACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. SERVICIOS PERSONALES




Promulgación: 21/03/2001
Publicación: 26/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 702
VISTO: lo dispuesto por el artículo 183º de la Ley Nº 17.296, de 21 de 
febrero de 2001.-

RESULTANDO: I) que en dicho artículo se faculta al Ministerio de Economía 
y Finanzas a reasignar en forma total o parcial el crédito presupuestal 
asignado al Inciso 05, Programa 001, Objetos 581 y 262, al Grupo 0 de 
cualquiera de los Programas del Inciso.-

II) que la citada trasposición tiene como objeto compensar a determinados 
funcionarios que desempeñen tareas prioritarias.-

CONSIDERANDO: que deben fijarse las condiciones en que se otorgarían las 
citadas compensaciones, así como establecer los mecanismos para que 
puedan efectivizarse, en el marco de los límites en dicha norma legal.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar anualmente 
hasta la suma de $ 23:005.000,oo (pesos uruguayos veintitrés millones 
cinco mil) de los Objetos 581 "Transferencias Corrientes a Organismos 
Internacionales" y 262 "Impuestos Indirectos" del Programa 001 
"Administración de Recursos de Apoyo a la Conducción Económico - 
Financiera" al Grupo 0 "Servicios Personales" de dicha Secretaría de 
Estado en sus diferentes Programas, con el fin de compensar a los 
funcionarios públicos que desempeñen tareas prioritarias para el 
cumplimiento de los cometidos sustantivos del Inciso y con un alto grado 
de especialización y dedicación.-

BATLLE - ALBERTO BENSION


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