Las referidas compensaciones serán otorgadas a término por el Ministro
de Economía y Finanzas y serán esencialmente revocables.-
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, toda asignación de
compensación derivada del presente régimen, caducará el 31 de diciembre
de cada año o transcurrido un mes del cese del mandato del ordenador que
las dispuso.-