MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
La Caja estará exonerada, además, en todos los casos: A) Del pago de costas judiciales y del uso de sellado y timbres de la clase que fueren salvo el caso de condenaciones especiales previstas en el artículo 688 del Código Civil. B) Del pago de comisión por custodia de valores, en los Bancos del Estado.Ayuda