MINISTERIO DEL INTERIOR
Los expedientes resueltos por la Comisión de Encuesta, designada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del decreto-ley número 10.388, de 13 de Febrero de 1943, en los cuales se hubiera declarado la ilegalidad de la destitución, podrán ser considerados prontos para sentencia por el Tribunal a que se refiere esta ley.Ayuda