Fecha de Publicación: 23/02/1957
Página: 468-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO

Artículo 28

   Asimismo, autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una Deuda que se
denominará "Deuda Regularización del Beneficio Especial de Retiro, ley
N.o 11.637, de 14 de febrero de 1951", hasta un monto nominal de $ 
18:000.000.00, a la que serán aplicables las condiciones de emisión, 
rescate, servicio, interés y amortización, que establecen los artículos 
24, 25, 26 y 27 de la presente ley.
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