PODER EJECUTIVO
Las pasividades del régimen civil ordinario a cargo de Rentas Generales y las servidas por las Usinas Eléctricas del Estado y Administración Nacional de Puertos, quedan comprendidas en todos los beneficios de esta ley. Las pensiones graciables quedan comprendidas en el régimen de los artículos 1.o y 2.o.Ayuda