Fecha de Publicación: 23/02/1957
Página: 468-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO

Artículo 8

   Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la presente ley, no modifica 
las disposiciones vigentes sobre aportación patronal y montepíos, a que 
se refiere el artículo 11 de la ley Nº 12.033, de 27 de noviembre de 
1953, para el personal de aeronaves de matrícula uruguaya.
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