Fecha de Publicación: 29/10/1958
Página: 200-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 18/02/1959, 07/11/1958.

Artículo 15

   Duración del mandato. - Los delegados de la Asamblea General del
Claustro durarán Cuatro años en sus cargos.
   Si durante su mandato dejaran de pertenecer a dicha Asamblea, perderán
automáticamente su Calidad de Consejeros.
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