Fecha de Publicación: 29/10/1958
Página: 200-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 18/02/1959, 07/11/1958.

Artículo 28

   Atribuciones de la Asamblea General del Claustro. - Compete a la 
Asamblea General del Claustro:

A) Ser órgano elector en los casos y forma que determina la presente ley:
B) Emitir opinión en los asuntos que le competen conforme a esta ley y 
   cuando el Consejo Directivo Central se lo solicite.

                                 CAPITULO V

          De los Consejos de Facultad y las Asambleas del Claustro
                              de cada Facultad
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