Fecha de Publicación: 29/10/1958
Página: 200-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 18/02/1959, 07/11/1958.

Artículo 37

   Duración del mandato. - Los miembros de la Asamblea del Claustro de
Facultad durarán dos años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser reelectos. En caso de vacancia de los titulares y agotamiento de la lista
de suplentes, se realizarán elecciones parciales. Los electos actuarán durante el período complementario.
Ayuda