Fecha de Publicación: 02/03/1967
Página: 461-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 07/03/1967.

Artículo 17

  Dentro de cada uno de los rubros en que se dividirá el Fondo de acuerdo
a lo establecido en el artículo 4.o de la presente ley, la prioridad en el
otorgamiento del beneficio se determinará por medio de un sistema de
puntaje establecido en función de los siguientes factores:

A) Hogar Constituído.
B) Número de hijos y familiares a su cargo.
C) Ingresos del núcleo familiar.
D) Antigüedad en el Organismo.
E) Carencia de vivienda propia.


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