Créase la Oficina de Planeamiento Educativo que funcionará en la órbita
del Ministerio de Educación y Cultura y que tendrá los siguientes cometidos:
A)Propender a la permanente actualización de la administración de la
educación y de sus métodos de planeamiento, buscando su correlación con
los planes de desarrollo nacional.
B)Estimular la formación de técnicos administradores de la educación y
especialmente en planeamiento educativo.
C)Procurar la información y la participación de todos los sectores de la
sociedad en los problemas del planeamiento educativo.
D)Propiciar periódicas reuniones de especialistas a efectos de lograr la
evaluación del desarrollo educativo.
E)Estudiar la organización, adjudicación y financiamiento de becas.
F)Preparar un examen periódico e inventario completo de todas las
organizaciones que se ocupan de la información y la divulgación de los
métodos y técnicas del planeamiento educativo.
G)Confeccionar y divulgar estadísticas y censos relativos a la población
estudiantil número de docentes, deserción y rendimiento escolar.
H)Realizar un estudio periódico de la demanda de especialistas en los
diversos niveles, en función de los programas nacionales de desarrollo.
I)Intensificar las actividades de investigación en materia educativa y,
fundamentalmente, aquéllas que se relacionen con la educación comparada.
J)Organizar cursos apropiados sobre el planeamiento de la educación para
los diversos tipos del personal requerido.
CAPITULO XIV
DISPOSICIONES ESPECIALES SOBRE ELECCIONES EN LA UNIVERSIDAD DE LA
REPUBLICA