Fecha de Publicación: 09/01/1973
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 19/02/1973.

Artículo 65

  La designación de los miembros del Consejo Directivo Central de la 
Universidad de la República que pertenezcan en igualdad de número a los tres órdenes a que se refieren los artículos 8.o, parágrafo C) y 14 de la ley N.o 12.549, de 16 de octubre de 1958, será realizada por la Asamblea General del Claustro, conforme a lo establecido por dichas normas y al principio de representación proporcional.

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