MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El Instituto Nacional de la Juventud y la Junta Nacional de Empleo deberán evaluar cada dos años los resultados que surjan de la aplicación de la presente ley. Los Ministerios de Educación y Cultura y de Trabajo y
Seguridad Social remitirán dichos informes a la Asamblea General.
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CONTRATO DE PRACTICA LABORAL PARA
EGRESADOS
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