Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 111

 Increméntase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 005
"Regulación y Control de Servicios de Comunicaciones", unidad ejecutora
009 "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones", el crédito anual
del Objeto del Gasto 057, en un importe de $ 1.350.000 (un millón
trescientos cincuenta mil pesos uruguayos) a los efectos de atender las
contrataciones de becarios y pasantes en la mencionada unidad ejecutora
con cargo a sus propios recursos.
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