Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 128

 Transfiérese a título gratuito del dominio del Estado al de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) y al de la
Administración Nacional de Correos (ANC), en partes iguales, los
inmuebles padrones números 31.325 (treinta y un mil trescientos
veinticinco) y 180.124 (ciento ochenta mil ciento veinticuatro) con
frente a la avenida Brasil, entre las calles Alejandro Chucarro y Juan
Benito Blanco, 15ª Sección Judicial del departamento de Montevideo.
ANTEL y la ANC destinarán los inmuebles a actividades culturales para el
cumplimiento de cuyo fin realizarán, en forma conjunta, contratos de
comodato, por plazos de 30 (treinta) años con la entidad cultural que
seleccionen, a partir de un procedimiento coordinado entre ambos
organismos, de conformidad con los proyectos que se les presenten por
agentes culturales privados sin fines de lucro, los que deberán
explicitar sus propuestas de infraestructura edilicia y gerenciamiento
cultural.
En los contratos de comodato a que refiere el inciso anterior, se
determinará la utilización de un espacio en planta baja, en lugar
visible, para ser utilizado por ANTEL y por la ANC, mediante locales
independientes.
Este artículo operará como título y modo de la traslación del dominio
referida en el primer inciso, bastando para su inscripción en la Sección
Inmobiliaria del Registro de la Propiedad un testimonio de esta
disposición, el que podrá ser completado por un certificado notarial que
contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.
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