Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 142

 Créanse en el Poder Judicial, a partir del 1º de enero de 2007, los
siguientes cargos técnicos y administrativos con destino a la creación de
un Juzgado Letrado en la ciudad de San Carlos, en el departamento de
Maldonado:

  CANTIDAD     ESCALAFÓN     GRADO   DENOMINACIÓN
     1            II          15     Actuario
     1            II          12     Actuario Adjunto
     1           VII           -     Defensor Público Interior
     1            V           12     Alguacil

La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales
correspondientes a las partidas de "perfeccionamiento académico" y de
"compensación por alimentación", establecidas en los artículos 457 y 458,
respectivamente, de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en cada
caso que corresponda, para los cargos que se crean en el presente
artículo.
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