Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 22

 Autorízase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" a abonar
exclusivamente al Personal Subalterno del escalafón K del departamento de
Montevideo, boletos de transporte urbano de pasajeros u otras
prestaciones de carácter social. Habilítase a esos efectos en el Objeto
del Gasto 578.099 "Gastos de Promoción y Beneficios Sociales" una
asignación anual de $ 35.500.000 (treinta y cinco millones quinientos mil
pesos uruguayos).
Disminúyese la asignación de los Objetos del Gasto 141 "Combustibles
líquidos" en $ 22.092.109 (veintidós millones noventa y dos mil ciento
nueve pesos uruguayos) y 235 "Viáticos fuera del país" en $ 13.407.891
(trece millones cuatrocientos siete mil ochocientos noventa y un pesos
uruguayos), los cuales no podrán ser reforzados al amparo del artículo 48
de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
El Inciso deberá comunicar la apertura por programas y modificaciones de
crédito que se autorizan en el inciso precedente.
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