Asígnase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", programa 005
"Administración Subsidio para la Atención Médica", unidad ejecutora 068
"Administración de Servicios de Salud del Estado", una partida anual de $
49.000.000 (cuarenta y nueve millones de pesos uruguayos) con destino a
gastos de funcionamiento.
El Inciso, dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley,
comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la
partida por programas, unidades ejecutoras y objetos del gasto. Las
partidas asignadas no podrán ser ejecutadas hasta tanto no se formalice
la referida distribución.