Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 84

 Créanse en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente", el programa 005 "Formulación, Supervisión
y Control de Planes de Protección de los Recursos Hídricos, Agua Potable
y Saneamiento" y la unidad ejecutora 005 "Dirección Nacional de Aguas y
Saneamiento".
Créase el cargo Director Nacional de Aguas y Saneamiento, comprendido en
el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de
1986.
Derógase el artículo 328 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de
2005.

                               CAPITULO 3
                              REMUNERACIONES
Ayuda